La Región debate creación de Segundos Registros de Buques. La Extinción de la Marina Mercante Argentina obliga a Iniciarlo.

 Chile y Perú

En la última sesión de la comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado de Chile, realizada el miércoles 17/4, la Asociación de Armadores de Transporte Marítimo, Fluvial, Lacustre y Turístico Sur Austral (ARMASUR) realizó un enérgico llamado a no modificar la Ley de Navegación de ese país y como propuesta alternativa, impulsan la creación de un segundo registro de buques chileno, el proyecto modificatorio fue enviado desde el Poder Ejecutivo, enviado al parlamento el 21/3/2023, informa la página web del senado trasandino.

Perú transita un debate similar, debido a que el 04/06/2023 el Consejo de Ministros del gobierno peruano envió el proyecto de Ley N° 5175/2022 que modifica el Decreto Legislativo N° 1413. La modificación impulsada desde el Ejecutivo, promueve el transporte marítimo de cabotaje de carga y pasajeros, aceptando que personas naturales o jurídicas puedan llevar a cabo la actividad de cabotaje marítimo, sin importar el origen de su capital. Allí también se discute como alternativa la creación de un segundo registro o registro especial de buques.


                                                                                           Clasificación de Registros

 

Cabe destacar que los “registros especiales” surgen a fines de la década del 80, como iniciativa de los estados marítimos de la Unión Europea. de Noruega (NIS, 1997), Dinamarca (DIS, 1988) y Alemania (ISR o GIS,1989), Portugal (Madeira, 1989), Luxemburgo (1990), España (REBECA- 1992) e Italia (RI - 2000). Había que contrarrestar la creciente tendencia de los armadores a registrar sus buques en Registros Abiertos, más flexibles en cuestiones fiscales, laborales, ambientales y en seguridad. Estos países con registros ordinarios más rígidos crearon segundos registros, que en la actualidad actúan como híbridos entre los tradicionales y los abiertos. En ellos se opta por un tratamiento de incentivos fiscales y simplificación laboral, respetando los estándares de seguridad de la navegación y las tripulaciones.

Argentina

En nuestro país se habla poco, hace 15 años comenzaron tibias exposiciones del tema en foros especializados y recién en octubre de 2020 cobró notoriedad, cuando el Diputado Nacional fueguino, Héctor Stefani presentó el proyecto de ley que crea el Registro Argentino de Buques, Internacional y Nacional de Transporte (RABINT) pero no logró instalación en agenda pública. El Diputado actualizó la presentación el 19/3/2024.

En mayo de 2022, el centro de Capitanes de Ultramar de la República Argentina y la Federación de Empresas Navieras Argentinas (FENA), consensuaron un Proyecto de Complementación a la Ley 27.419 de Marina Mercante, donde proponen actualización en incentivos (arrendamiento y construcción de buques, incorporaciones a la bandera, etc.), pautas para el otorgamiento de excepciones al cabotaje (waivers)  y en los artículos 15 y 16 crea el REGISTRO INTERNACIONAL DE BUQUES ARGENTINOS (RIBA) que desarrolla en el anexo l del proyecto y guarda cierta similitud con el Registro Especial de Buques de las Islas Canarias (REBECA), creado en 1992 que ofrece mejores condiciones en cuanto a garantías sociolaborales y beneficios fiscales, que los registros abiertos y de conveniencia que solo causan daño.

El proyecto fue presentado formalmente al Senador Nacional por Corrientes, Carlos (Camau) Espínola, el 27/9/2022.

Conclusiones

Acudo a la autorreferencia para compartirles que mi opinión ha sido fervientemente opositora a la creación de un segundo registro en nuestro país y la sustento en informes de las comisiones de la ONU que proponen a los estados marítimos miembros, comenzar a tratar en sus Parlamentos la el retorno de los buques a sus registros originales, para asegurar supervisión y controles ambientales, en función del consumo de combustible y su trazabilidad comprobable.
La realidad es una: hemos llegado casi a la extensión total de la marina mercante argentina. Demás está reflejar los irrefutables datos estadísticos que avalan esta grave problemática, es momento que nuestro país tome decisiones concretas, con medidas operativas y normativas respaldatorias, posibles de cumplimentar. Argumentos suficientes para amigarme con el Segundo registro.

Juan C. Donato

Consultor en Ecosistemas Portuarios

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